¿QUÉ ES EL COSEGURO Y PORQUÉ DECIDIMOS CONTAR CON ÉL?

Desde el nacimiento de SUTEBA (1986), y después de un profundo debate interno de más de un año y medio, se definió una política de Salud y Promoción Social que aún hoy está vigente, y cuyo financiamiento se realiza a través del “coseguro”. Este concepto, tal como lo utilizamos en SUTEBA, remite a una cuota mensual que el afiliado abona conjuntamente con la cuota sindical, y su destino es el de complementar los servicios de salud que brindan las obras sociales IOMA y OSPLAD, y al mismo tiempo permitir la construcción de experiencias propias en salud y promoción social.

A través del coseguro reforzamos el mismo principio solidario con que fueron creadas y se sostienen las obras sociales: todos abonan lo mismo en proporción a sus ingresos, y el acceso a los servicios es el mismo para todos. Desde lo político-social decidimos asumir un compromiso: los trabajadores de la educación nos haríamos cargo de la defensa de un modelo de salud y de promoción social no mercantilista y más justa. Este es el camino para intervenir activamente en la defensa de la salud de los trabajadores de la educación, y el eje está puesto en mejorar las condiciones de trabajo.

En este marco, el coseguro es una herramienta que nos posibilita “PRODUCIR SALUD” y así contar contar 17 Centros de Atención Primaria, 3 Unidades Móviles Preventivas de la Campaña SUTEBA va a la escuela que recorren toda la provincia de Buenos Aires desde hace cuatro años. Así mismo, nos permite llevar adelante programas de prevención y promoción acorde a las necesidades de los trabajadores de la educación, definiendo como objetivos fundamentales: evitar enfermedades, educar a los afiliados y su familia en temas de salud, promover la participación activa en el cuidado de su bienestar y diagnosticar las enfermedades vinculables al trabajo docente.

 

PRESTACIONES IOMA Y COSEGURO SUTEBA

 

IOMA

SUTEBA

Consultas médicas

 Las consultas médicas se realizan en consultorios de profesionales prestadores o en consultorios externos de Clínicas y Sanatorios. Según la categoría del profesional A, B ó C o libre, el afiliado abonará un monto, que no podrá ser incrementado.
Categorías de Bonos para Afiliados
A:    sin costo para el afiliado
B:    $18,00
C:    $30,00

Libre: el profesional cobra la consulta sin ningún tope.

Todo pago por sobre estos valores es un Cobro Indebido
Consulte los prestadores en
www.ioma.gba.

 

Se reintegra el valor de la consulta para profesionales con categoría B ó C ($18 y $30) sólo para afiliados del interior, con cobertura al 100%

Se reintegran hasta $54 por trimestre y por beneficiario.

Debe presentar:

* Recibo o comprobante de pago

 

 

PRÁCTICAS AMBULATORIAS DE BAJA COMPLEJIDAD

Las prácticas o estudios ambulatorios (por Ej. ecografías, radiografías, electrocardiograma, etc.) se realizan en los distintos prestadores adheridos.
Debe autorizar las mismas en su Círculo Médico según la categoría del profesional que la realizará:

  • categoría A será con cobertura del 100%  a cargo del IOMA
  • categoría B y C el afiliado abonará un arancel de $18,00 por práctica.


Todo pago por sobre estos valores es un Cobro Indebido
Consulte los prestadores en

www.ioma.gba.gov.ar

Se reintegra  en prácticas ambulatorias de baja complejidad cuando el profesional tiene categoría B y C ($18,00) con cobertura al 100%.
Debe presentar:

1.Fotocopia de Orden Médica
2.Fotocopia del Bono de Práctica
3.Comprobante de CBU

Respecto de Prácticas Agremiación Médica Platense se reconoce un porcentaje por reintegro según Auditoria Médica.
Debe presentar:

* Bono original

 

PRÁCTICAS AMBULATORIAS DE ALTA COMPLEJIDAD

Para la realización de prácticas o estudios de alta complejidad (por Ej. TAC, Resonancia, etc.) debe dirigirse con la planilla de alta complejidad y resumen de HC prescripta por su médico a los distintos prestadores adheridos.

El prestador solicita la autorización a IOMA, que es sin cargo con cobertura 100% a cargo de IOMA. Toda solicitud de pago es un cobro Indebido. Consulte los prestadores en:

www.ioma.gba.gov.ar

                                                                                                                                                                                               

 

PRÁCTICAS DE LABORATORIO

Para la realización de prácticas de laboratorio debe dirigirse directamente al prestador.
El prestador solicitará la autorización, una vez aprobada podrá realizar las prácticas.

El valor de los bonos son:
Bono $12 hasta 6 prácticas.
Bono $17 más de 6 prácticas

Además se abonará un bono de $6  por prácticas de alta complejidad.
Las prácticas incluidas en el Convenio IOMA - FABA son: Bioquímica clínica, Hematología, Endocrinología y metabolismo, Bacteriología, Virología, Parasitología, Enzimología, Serología, Inmunología.

Se entrega el bono de práctica bioquímica con cobertura del 100% en la Seccional o Centro de Salud.
Debe presentar:

  • Orden de prescripción médica

 

 

 

 

 

 

ODONTOLOGÍA

Para acceder a las prestaciones debe dirigirse al odontólogo prestador, adquirir un bono ($10) por mes calendario y que comprende hasta 5 prácticas.
La cobertura odontológica incluye: Consultas, Odontología preventiva, Operatoria, Endodoncia, Cirugía, Odontopediatría, Radiología.
Para restauración con material fotopolimerizable (restauración estética) debe abonar $15.
Para la cobertura de Prótesis completa y prótesis parcial removible, se abona un bono de consulta proteica de $24, una vez autorizado por IOMA el afiliado abona un copago de $60 y $108 respectivamente.

Cobertura en otras prestaciones Odontológicas: ortodoncia, corona, perno, mantenedor de espacio, placa miorrelajante según valores fijos. Deberá iniciar trámite de reintegro o autorización.

Discapacidad
Los afiliados se atenderán con odontólogos prestadores y no tendrán que abonar suma alguna en concepto del bono odontológico, ni por restauración con material fotopolimerizable (restauración estética).Tienen que presentar certificado de discapacidad.

Se entrega un bono odontológico por mes con cobertura del 100% en la Seccional o Centro de Salud.

Cobertura por reintegro, según Auditoria Médica.
Debe presentar

  • Fotocopia de la autorización con coberturas de IOMA
  • Resumen de historia Clínica
  • Factura original por la diferencia abonada


Se reconoce el 20% de lo cubierto por IOMA para Prótesis, Ortodoncia y prestaciones (perno, corona, tratamiento periodental, rebasado de prótesis, compostura).
Cuando estas prestaciones se realicen en nuestros Centros de Salud no se reconocerá esta cobertura por reintegro ya que está garantizada la realización de las mismas a un 30% menos del costo que en otros prestadores.

 

 

 

 

 

 

 

 

KINESIOLOGÍA

Para acceder a la cobertura debe dirigirse al prestador, adquirir el bono kinesiológico.

Los valores del bono son:
Bono por 10 sesiones $30
Bono por 5 sesiones $15.

El profesional debe emitir un recibo o factura en concepto de pago.
La cantidad de sesiones anuales cubiertas dependerá del diagnostico que presente el paciente, estipuladas según módulos.

Se reintegra el bono de kinesiología con cobertura del 50% para los módulos 1 y 2, y con cobertura del 100% para módulo 3.
Deberá presentar:

Fotocopia de la Orden Médica con diagnostico.
Fotocopia del bono o talón.
Factura o recibo original emitido por el profesional.
Comprobante de C.B.U.

 

 

 

 

DISCAPACIDAD

 Para acceder a las prestaciones de atención en Centro de Día, Centro Educativo Terapéutico, Hogar, Escuela Especial, deberá presentar trámite de autorización en la Delegación. Los valores están estipulados según resolución de IOMA.
Para acceder a prestaciones por tratamientos ambulatorios, psicología, psicopedagogía, Estimulación  Temprana, Acompañante Terapéutico, deberá presentar trámite de autorización en la Delegación. Los valores están estipulados según resolución de IOMA.

Para tratamientos de Fonoaudiología.

Para la atención en Odontología
Para acceder a equipamiento para discapacitados por ejemplo sillas de ruedas, valvas, férulas, ortesis, bipedestadores,  corsé, colchones, almohadón antiescaras, prótesis de amputación, etc., deberá presentar tramite de provisión. El IOMA entregará el equipamiento a través de un proveedor.
Para acceder a la cobertura de transporte hacia los Centros o Escuela, debe tenerse en cuenta que la institución a la que concurre no sea prestadora de IOMA (porque si es prestadora está incluido). Debe presentar trámite de reintegro o autorización.

Se reconoce un monto fijo según modalidad de atención Escuela Especial, Centro de Día, Centro Educativo Terapéutico y Hogar, por vía reintegro.
Deberá presentar:
Fotocopia de Autorización de IOMA.
Factura Original donde conste: Porcentaje no cubierto por IOMA o a cargo del afiliado, Tipo de prestación, Mes de prestación.
Comprobante CBU

Se reconocerá un porcentaje de cobertura sujeto a auditoria previa.
Deberá presentar:
Fotocopia de autorización de IOMA.
Factura original por la diferencia o copia fiel de la factura presentada en IOMA.
Comprobante de CBU

Para aquellos afiliados que no reciban el beneficio de cobertura de Escuela Especial (porque por Ej. concurre a una institución pública) pueden solicitar la cobertura en trasporte, se reconoce un monto fijo vía reintegro.
Deberá presentar:
Certificado de asistencia a la institución.
Comprobante original de trasporte. (ticket, recibo)
Comprobante CBU

 

 

 

 

FONOAUDIOLOGÍA

Tratamientos Fonoaudiológicos: con la derivación efectuada por el médico u odontólogo, debe dirigirse al prestador,  adquirir el bono de tratamiento.
El valor del bono es de $18.00 (pesos dieciocho), el cual incluye 8 sesiones mensuales, reconociéndose 10 meses de tratamiento.

Discapacidad:
Sub módulo A: incluye evaluación y tratamiento de Hipoacusia Neurosensorial en sus diferentes grados y casos.
Sub módulo B: incluye el tratamiento de Sme. Genéticos, Trat. Generalizado del desarrollo, Pat. Neuromotoras, Discapacidad Visual y retraso global del Desarrollo.
El profesional tratante solicita la autorización al IOMA, el bono es sin cargo. El afiliado deberá adjuntar certificado de discapacidad


Prácticas Audiológicas (por Ej. audiometrías, logoaudiometrías, oto emisiones acústicas, etc.) con la orden médica debe dirigirse al prestador fonoaudiólogo y adquirir el bono correspondiente según la práctica.

Se reintegra el bono de tratamiento fonoaudiológico  ($18) con cobertura al 100%, hasta un máximo de 5 bonos por beneficiario.
Deberá presentar:

 *Talón del bono.
*Fotocopia de la orden médica.
*Factura original del profesional.
*Comprobante de C.B.U.

Se reintegra un bono de práctica audiológicas, por año con cobertura al 100%.
Deberá presentar:

*Talón del bono.
*Fotocopia de la orden médica.
*Factura original del profesional
*Comprobante de C.B.U.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SALUD MENTAL

Tratamiento psicoterapéutico
Para acceder a la prestación debe dirigirse al prestador incluido en el convenio Col. Psicólogos -IOMA.
Debe abonar $55 por cada una de las primeras cuatro consultas. Al iniciar tratamiento, el profesional solicitará la autorización a IOMA.
IOMA autoriza las primeras 40 sesiones (4 o 5 por mes) el monto a abonar por el afiliado es de $14 por sesión.
Finalizadas estas sesiones, se puede otorgar una prórroga, sujeto a auditoría y se modifican los montos a abonar por el afiliado.

Consulta psiquiátrica
Realizada por médicos especialistas en Psiquiatría y Psicología médica. Para acceder a la misma adquiera un bono de consulta
Ver cobertura en Consulta Médica

Otras Prestaciones
Pruebas Psicométricas y proyectivas realizadas por Psicólogos.
Atención Psicopedagógica.
Psicoterapia familiar o de pareja.
Tratamiento Psicoterapia: para trámites que superen las 48 sesiones o aquellos casos que no existan psicólogos adheridos en la zona de residencia del afiliado.
Debe iniciar tramite por reintegro o autorización en la Delegación

Tratamiento psicoterapéutico

En todos los tratamientos psicoterapéuticos autorizados por IOMA, se reintegra $7 por cada sesión, hasta  un total de 84 sesiones.
Deberá presentar:

Fotocopia de facturación emitida por el psicólogo prestador
Comunicación del IOMA de autorización de tratamiento.


Consulta psiquiátrica
Ver cobertura en Consulta Médica

Cuando no existan prestadores de IOMA para realizar Tratamiento Psicoterapéutico, se reconocerá $10 por cada sesión, hasta 30 sesiones, vía reintegro
Deberá presentar:

Presentación de trámite de reintegro en IOMA.
Fotocopia de factura con sello de copia fiel de IOMA.
Comprobante de CBU

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

OPTICA

Para acceder a la cobertura de Lentes de contacto, Lentes aéreos , Prótesis ocular, deberá presentar tramite de provisión o reintegro, según normativa.
Cobertura según dioptrías:
Lentes de contacto a partir de 6 dioptrías, en caso de hipermetropías y miopías.
Lentes de contacto a partir de 3 dioptrías, en caso de astigmatismo.
Lentes aéreos. Astigmatismo a partir de 1,5 dioptrías. Hipermetropías y miopías a partir de 3 dioptrías.



Para acceder a la cobertura de cirugía de Excimer Láser deberá presentar tramite de autorización según normativa a partir de 6 dioptrías, en caso de miopía pura y a partir de 3 en caso de astigmatismo miópico. No tiene cobertura en caso de astigmatismo puro hipermetrópico.

En Lentes de Contacto se reconoce un 20% de lo cubierto por IOMA, vía reintegro.
Deberá presentar:
Fotocopia de autorización de IOMA.
Factura original por la diferencia o copia fiel de la factura presentada en IOMA.
Comprobante de CBU

En cirugía de excimer láser se reconoce un 20% de lo cubierto por IOMA, vía reintegro.
Deberá Presentar:
Fotocopia de Autorización de IOMA.
Factura Original por la Diferencia.
Comprobante de CBU

MEDICAMENTOS

Medicamentos Ambulatorios:

 La cobertura es de un monto fijo sobre el genérico de menor costo. El IOMA cuenta con su propio vademécum llamado FTP.
Existen recetarios para patología agudas y para patologías crónicas.
Al momento de la dispensa se verifica, en forma on line, la condición de afiliado.
Los medicamentos se diferencian por:

  • Compra Abierta: el afiliado se dirige con la receta a la farmacia.
  • Uso Normatizado: el afiliado debe solicitar autorización previa a IOMA.
  • Accesorios para auto monitoreo y administración de medicamentos y material descartable solicitando autorización previa se accede a la cobertura.
  • Provisión de 4 kilos de leche de indicación médica para el primer bimestre (por receta Plan Mami). En el período de 2 a 6 meses de vida se proveen hasta 8 kilos de leche de otras fórmulas lácteas de indicación médica (con resumen de historia clínica y patología que lo justifique).

Consulte el FTP en www.ioma.gba.gov.ar

Plan Meppes :
 Es un programa para pacientes con patologías especiales con cobertura 100%, (oncológia, HIV,  esclerosis múltiple, osteoporosis, afecciones psiquiátricas, diabetes, etc). El afiliado debe solicitar la autorización en IOMA.
Tramite de excepción:
El afiliado podrá solicitar la cobertura de un medicamento que no se encuentre en el FTP. La solicitud debe ser correctamente fundamentada quedando la autorización y el porcentaje a cargo del Directorio de IOMA.

La cobertura es 50% del monto fijo cubierto por IOMA en los medicamentos ambulatorios del FTP y tiras de autodeterminación de glucosa, glucosuria y cetonuria.
Debe retirar el recetario en su Seccional o Centro de Salud para que lo complete el profesional y luego dirigirse a la farmacia.

Para cobertura en Leche Maternizada y/o Medicamentosa cuando IOMA autorice según monto fijo, concurra con el recetario a la farmacia, se reconoce hasta un 50% de ese monto.

Puede consultar en la página web: www.suteba.org.ar   la cobertura actualizada en medicamentos de IOMA y de SUTEBA.
(Buscador de medicamentos)

En caso que el IOMA apruebe la cobertura de un medicamento por excepción, podrá solicitar la cobertura por reintegro, quedando sujeto a Auditoria Médica.
Debe presentar:

  • Fotocopia de autorización de IOMA.
  • Orden Médica
  • Factura o ticket original
  • Comprobante de CBU

INTERNACIÓN

 

Para acceder a la internación, debe concurrir directamente a la Clínica o Sanatorio elegido con la orden de internación prescripta por su médico.

IOMA brinda la cobertura 100% en internaciones clínicas y quirúrgicas con los profesionales y las instituciones adheridas incluyendo:

 Clínica Médica, Cirugía general convencional y laparoscópica , Atención de la embarazada y el recién nacido, Artroscopia, Endoscopías terapéuticas, Unidad de cuidado intensivo, Unidad Coronaria,      Grandes quemados, Tratamientos oncológicos en internación
 Prácticas y exámenes complementarios de diagnóstico y tratamiento,  Medicamentos durante la internación, Material descartable.
 Hemoterapia y transfusiones: cobertura total. Incluye recuperación de sangre intra operatoria, previa autorización: plaquetoféresis, plasmaféresis, leucoaféresis. La reposición de sangre es a cargo del paciente
 Habitación compartida. Cobertura de acompañante: internaciones pediátricas (niños hasta 12 años inclusive).
 Servicio de guardia médica: cobertura del 100% con bono básico en atención médica.
 El prestador deberá realizar el trámite de autorización, consultar en la Clínica o Sanatorio si este fue efectuado 72hs. antes de la cirugía programada.

 Traslados en Ambulancia en Internación
 Los traslados en ambulancia durante una internación, cuando se requiera mayor complejidad o cuando el prestador no tiene cama, en una Clínica de la Provincia de Buenos o de la Ciudad Autónoma, cuentan con cobertura total.
Las Entidades Prestadoras del Segundo y Tercer Nivel serán quienes establezcan la operatividad del sistema, responsabilizándose de que los mismos sean efectuados en tiempo y forma.
 SI se encuentra internado NO debe abonar suma alguna por traslados.

 

 

OTRAS PRESTACIONES

 

Se brinda cobertura en otras prestaciones y se accede a las mismas a través de trámites de autorización o de reintegro, en general es según valores establecidos por la obra social.

Audífonos
Otorrinolaringología
Hemodiálisis
Prótesis
Rehabilitación Clínica
Tratamientos para la Obesidad: cirugía bariatrica, balón intragastrico, tratamientos interdisciplinarios.
Prestaciones en Domicilio: internación domiciliaria, Oxigenoterapia, Soporte Nutricional, Enfermería, Kinesiología.
Planes especiales para patologías específicas:
Diabetes
Esclerosis Múltiples
Enfermedades de Gaucher
Fibrósis Quística
Psoriasis
HIV
Oncología
Trasplantes
Consulte en la Delegación de IOMA sobre acceso a la cobertura.

Se reconocerá un porcentaje de lo cubierto por IOMA vía reintegro, sujeto a Auditoria Médica de SUTEBA.
Excepto cuando la cobertura que debe dar IOMA es al 100%, en este caso el afiliado debe presentar reconsideración en la Obra Social.



Respuestas a las Preguntas más frecuentes.