Educación Especial 

 

Nueva Ley de Educación Provincial Nº 13.688

TÍTULO II ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO PROVINCIAL

 

CAPÍTULO IX EDUCACIÓN ESPECIAL

Artículo 39°.

La Educación Especial es la modalidad responsable de garantizar la integración de los alumnos con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los Niveles según las posibilidades de cada persona, asegurándoles el derecho a la educación, así como brindarles atención educativa en todas aquellas problemáticas específicas que no puedan ser abordadas solamente por la educación común, y disponiendo propuestas pedagógicas complementarias. La Educación Especial se rige por el principio de inclusión educativa, de acuerdo con lo establecido por esta Ley, para lo cual dispone de recursos educativos para participar de la formación de los niños y desde el mismo momento del nacimiento. La Dirección General de Cultura y Educación garantizará la integración de los alumnos y alumnas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los Niveles según las posibilidades de cada persona.

Son sus objetivos y funciones:

•  Aportar propuestas curriculares para una Educación Especial que garantice los derechos de igualdad, inclusión, calidad y justicia social de todos los niños, jóvenes, adolescentes, adultos y adultos mayores con discapacidades, temporales o permanentes, que componen la comunidad educativa como elemento clave de las estrategias de desarrollo y crecimiento socio-económico de la Provincia y sus regiones.

•  Formular proyectos de mejoramiento y fortalecimiento de las instituciones y los programas, articulándolos organizativamente con las respectivas Direcciones de Nivel, en el marco de políticas provinciales y estrategias que integren las particularidades y diversidades de la Provincia, sus habitantes y sus culturas.

•  Desarrollar la atención educativa de las personas jóvenes, adultas y adultas mayores con necesidades educativas especiales de manera conjunta con el resto de las modalidades.

•  Plantear articulaciones de las instituciones y los programas de formación específica de todos los Niveles educativos con aquellos ámbitos de la ciencia, la tecnología, la producción y el trabajo que puedan aportar recursos materiales y simbólicos para el completo desarrollo de la Educación Especial a través de mecanismos que garanticen el carácter pedagógico y formador de toda práctica, asegurando que todas las actividades estén a cargo de docentes egresados de instituciones de Formación con titulaciones específicas de la Modalidad.

Artículo 40°.

La Dirección General de Cultura y Educación, en el marco de las leyes nacional 26.061 y provincial 13.298, establece los procedimientos y recursos correspondientes para asegurar el derecho a la educación y la integración escolar, favorecer la inserción social de las personas con discapacidades, temporales o permanentes e identificar tempranamente las necesidades educativas derivadas de la discapacidad o de trastornos en el desarrollo, con el objeto de darles la atención trandisciplinaria y educativa para lograr su inclusión en el Nivel Inicial desde el mismo momento del nacimiento.

Con este propósito dispondrá las medidas necesarias para garantizar:

•  la atención temprana de los niños que están con sus madres en contextos de encierro.

•  una trayectoria educativa integral que permita el acceso a los saberes tecnológicos, culturales, de educación física y artística.

•  el personal especializado suficiente que trabaje en equipo con los docentes de la escuela común y equipos de orientación escolar.

•  la cobertura de las instituciones educativas especiales, (Centros de atención temprana del desarrollo infantil, escuelas especiales para todas las discapacidades y Niveles de la educación obligatoria y Centros y escuelas de formación laboral) el transporte, los recursos técnicos y materiales necesarios para el desarrollo del curriculum escolar.

•  alternativas de continuidad para su formación a lo largo de toda la vida.

•  la accesibilidad física de todos los edificios escolares.

 


Normativa- Bibliografía

12.10.2011 18:52

TRAYECTORIAS EDUCATIVAS DE ALUMNOS CON DISCAPACIDAD MOTORA

trayectorias-educativas-discapacidad-motora.doc (98,5 kB)

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LA PROPUESTA DE LOS TRABAJADORES EN LA DISCAPACIDAD

AL EVENTO REALIZADO EL VIERNES 11 DE DICIEMBRE DE 2009 EN LA SEDE DE CTERA CONCURRIÓ EL COMPAÑERO DANIEL MARTINEZ BRESSAN EN REPRESENTACIÓN DE LA SECCIONAL DE SUTEBA ZARATE

La propuesta de los tabajadores en Discapacidad.docx (20,2 kB)

Aficheta_EN_CTERA.pdf (2,1 MB)

 

 

 


JORNADAS DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN DE DERECHOS EN EL ÁMBITO DE LA DISCAPACIDAD 04-12-2009

Organizaron: Secretaría de Discapacidad CTA Nacional y FUTRA, Fundación Trabajo y Justicia Social.
 


II JORNADA PROVINCAL DE  DISCAPACIDAD  Y TRABAJO

IV ENCUENTRO REGIONAL SOBRE DISCAPACIDAD

 

Por Daniel Martínez Bressan,

asistente a la Jornada por Suteba Zárate.

II_JORNADA_DE_PROVINCAL_DISCAPACIDAD_Y_TRABAJO.doc_.doc (53,5 kB)

 

 

 

 

Ver el video sobre las jornadas de capacitación y promoción de derechos en el ámbito de la discapacidad:

www.suteba.org.ar/index.php?r=4070